FRENTE A LOS HECHOS: TSA reconoce monopolio en transporte y ordena al Estado que asuma su rol.

viernes, 16 de diciembre de 2016

TSA reconoce monopolio en transporte y ordena al Estado que asuma su rol.

SANTO DOMINGO. La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo ordenó a la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT) impedir que cualquier entidad intervenga o domine la concertación de precios en materia de transporte de pasajeros.


Al acoger de manera parcial el recurso de amparo de cumplimiento interpuesto por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) contra varias instituciones del Estado, ordenó a la OTTT dictar y adoptar todas las medidas necesarias para la organización y control del transporte terrestre de pasajeros, de acuerdo con las necesidades nacionales imperantes.

Les ordenó además vigilar “el cumplimiento de las disposiciones necesarias para eliminar toda especie de práctica anticompetitiva e impidiendo a cualquier entidad que intervenga o domine la concertación de precios en materia de transporte”.

Dijo que los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Defensa, Interior y Policía, y Turismo; la Policía Nacional y la Oficina Técnica, violaron las leyes que prohíben el establecimiento de monopolio en provecho de particulares en los trabajos de carga o descarga de buques de cualquier naturaleza en los muelles del país.

Señala que han afectado el derecho a la libre empresa, libertad de tránsito y trabajo a un determinado número de personas incluido el propio Estado, el cual resulta perjudicado como consecuencia del estado de cosas generado por dicho incumplimiento, que afecta derechos e intereses colectivos que son reclamados por el Conep.

Ordenó a las instituciones estatales dar cumplimiento a lo establecido en las leyes 578-65 para que no haya monopolios; 290-66 sobre libre competencia y los niveles de precios; 489-89 sobre medidas para organizar y controlar el transporte; 541-69 para evitar prácticas anticompetitivas en el transporte de turistas.

Medidas

El Superior Administrativo ordenó al Ministerio de Defensa cumplir con su deber de asegurar a las personas físicas y morales el retiro, depósito y transporte terrestre de efectos y mercancías desde las aduanas y puertos hasta su destino final, mediante el uso de vehículos de su propiedad o de particulares, resguardando la integridad física o moral que precise realizar estas actividades así como las propiedades.

Interior y Policía deberá supervisar a los agentes policiales a su cargo para garantizar que las personas físicas o morales al momento de utilizar los servicios de transporte de pasajeros así como depósito y transporte terrestre de efectos y mercancías desde las aduanas y puertos tengan la debida protección.

Aunque el empresariado había sometido un amparo ordinario, por las características procesales, el tribunal le varió la calificación jurídica a amparo de cumplimiento por motivos que se darán a conocer en la sentencia íntegra.

Rechazó las demás conclusiones planteadas por el Conep por considerarlas improcedentes.


También rechazó por falta de calidad la solicitud hecha por la Federación de Transporte la Nueva Opción (Fenatrano), mediante la cual pedía ordenar que las empresas que reciben exenciones, exoneraciones y subsidios distribuyan el 20% de los beneficios entre sus trabajadores así como imponer un astreinte.

Diario libre